807
DE LA REPÚBLICA ARC.ENTIVA.
SOS. Imponer la opinion de la capital á todo el país argentino,
ha sido el anhelo equivocado, que nos ha dado por resultado la
descentralización de ese mismo poder central que pretendia
ejercer tal predominio, y por ahí los peligros de desmembración
que hoy nacen de la misma fuente.
Someter la mayoría, negar la autoridad del mayor número
para dar la ley á la República, sería revocar el principio democrático,
desconocer el dogma de la soberanía del pueblo, en que
consiste toda la revolución de América; sería un acto de contrarevolucion
en favor del despotismo derrocado en mayo de
1810. Ese papel sería de comedia en manos del pueblo que encabezó
la revolución de la independencia contra E<paña.
Si Buenos Aires rehúsa admitir el gobierno actual de la Nación,
¿qué esperanza queda de que admita ningún otro gobierno
nacional, aunque se elija bajo su influjo, aunque resida
en su ciudad misma? — Ya no se puede dudar de que su resistencia
es á la institución, no al personal. Un Congreso nacional
reunido en Buenos Aires sería siempre iin Congreso elegido por
las provincias y compuesto de provinciales. Un Presidente instalado
en Buenos Aires por elección de las provincias podría ser
el hijo de alguna provincia interior.
El orgullo local, armado hoy dia contra toda idea de un poder
supremo que no sea obra exclusiva de Buenos Aires , ¿ cederia
los mejores establecimientos de la vieja capital, para que fuesen
á ocuparlos los gobernantes mandados allí por las provincias?
¿ La aberración que excluye á los hijos de provincia de la silla
del gobierno local de Buenos Aires, entregaria sin repugnancia
al modesto provincial un asiento diez veces mas encumbrado,
cual es el de Presidente de la Confederación?
lié ahí lo que hace presumir que el vulgo de Buenos Aires
apetece la iniciativa y dirección de la política nacional, por la
acción exclusiva y única de su gobierno de localidad, sin la ingerencia
inmediata del país, como sucedió bajo el régimen de
treinta años, que terminó por la sanción de la Constitución federal
vigente y por los tratados de libre navegación fluvial celebrados
en isrid con la Inglaterra, Francia y Estados Unidos.
¿Será creible que los tratados de diciembre y ác, enero (hoy
abolidos), quesedicenpreparalorios de la union, busquen lo que
no dicen, á salier ; — recuperar las ventajas perdidas? ¿Será
creible que se dirijan á remover la Constitución nacional esta-