CONSTITLT.IOX
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3. Contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Con
federación.
4. Disponer del nso y de la enajenación de las tierras de pro
piedad nacional.
M. Establecer y reglamentar im Banco nacional en la capital
y sus sucursales en las provincias, con facultad de emitir bi
lletes.
6. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Con
federación.
7. Fijar anualmente el presupuesto de gastos de administra
ción de la Confederación, y aprobar ó desechar la cuenta de
inversión.
8. Acordar subsidios del Tesoro nacional á las provincias cuyas
rentas no alcancen, según sus presupuestos, á cubrir sus gastos
ordinarios.
0. Reglamentar la libre navegación de los ríos interiores, ha
bilitar los puertos ({lie considere convenientes, y crear y supri
mir aduanas.
10. Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranje
ras; y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para
toda la Confederación.
11. tdctar los códigos civil, comercial, penal y de minería;
y especialmente leyes generales para toda la Confederación sobre
ciudadanía y naturalización, sobre bancarotas, sobre falsifica
ción de la moneda corriente y documentos públicos del Estado,
y lasque requiera el establecimiento del juicio por jurados.
12. Reglar el comercio marítimo y terrestre con las naciones
extranjeras y de las provincias entre sí.
13. Arreglar y establecer las postas y correos generales de la
Confederación.
4 4. Arreglar definitivamente los límites del territorio de la
Confederación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y
determinar por una legislación especial la organización, admi
nistración y gobierno ({ue deben tener los territorios nacionales
que queden fuera de los límites que se asignen alas provincias.
15. Proveer á la seguridad de las fronteras, conservar el trato
pacífico con los Indios, y promover la conversion de ellos al ca
tolicismo.
1C. Proveer lo conducente á la prosperidad del país, al ade
lanto y bienestar de todas las provincias; y al progreso de la