Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

380  SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO
mediante  la  acción  de  capitales  asociados  ó  unidos,  para  obrar
en  el  interes  de  esos  fines  y  objetos.
La  libertad  de  asociación  supone  el  ejercicio  de  las  otras  libertados ­
  económicas;  pues  si  el  crédito,  si  el  trabajo,  si  el  uso  de
la  propiedad,  si  la  locomoción  lio  son  del  todo  libres,  ¿para  qué
lia  de  servir  la  libertad  de  asociación  en  materia  industrial  ?
El  derecho  de  profesar  libremente  su  culto,  es  una  garantía  que
importa  á  la  producción-de  la  riqueza  argeiiliiu,  tanto  como  á
su  progreso  moral  y  religioso.  La  Uepública  Argentina  no  tendrá
inmigración,  población  ni  brazos,  siempre  que  exija  de  los  inmigrantes ­
  disidentes,  que  son  los  mas  aptos  para  la  industria,
el  sacrificio  inmoral  del  altar  en  que  han  sido  educados,  como
si  la  religion  aprendida  en  la  edad  madura  tuviese  poder  alguno,
y  fuese  capaz  de  reemplazar  la  que  se  ha  mamado  con  la  leche.
La  libertad  de  enseñar  y  aprender  se  relaciona  fuertemente
con  la  producción  de  la  riqueza,  ya  se  considere  la  primera
como  industria  productiva,  ya  se  miren  ambas  como  medio  de
perfeccionar  y  de  extender  la  educación  industrial,  ó  como  derogación ­
  de  las  rancias  leyes  sobre  maestrías  y  contratos  de
apíendizaje.  En  este  sentido  las  leyes  restrictivas  de  la  liL  .  tad
de  enseñar  y  aprender,  á  la  par  (jue  ofensivas  á  la  Constitución
que  la  consagra,  serian  opuestas  al  interes  de  la  riqueza  argentina. ­

A  los  principios  que  anteceden,  consagrados  por  la  Constitución ­
  argentina  á  favor  de  la  producción  de  la  riqueza,  añade
otro  ese  código  ,  que  procurando  satisfacer  solamente  una  necesidad ­
  de  moral  y  religion  ,  sirve  á  los  intereses  del  trabajo  industrial, ­
  curándole  de  una  llaga  afrentosa.  El  trabajo  esclavo
mengua  el  provecho  y  el  honor  del  trabajo  libre.  El  hombre
máquina,  el  hombre  cosa,  el  hombre  ajeno,  es  instrumento  sacrilego, ­
  con  que  el  ocioso  é  inmoral  dueño  de  su  hermano  obliga
á  malbaratar  el  producto  de  un  hombre  libre,  que  no  puede
concurrir  con  el  esclavo,  pues  trabaja  de  balde  porque  trabaja
para  otro.
La  Constitución  argentina  previene  ese  desurden  por  su  artículo ­
  15,  concebido  de  este  modo  :  —  a  En  la  Confederación  Argentina
  no  hay  esclavos;  los  pocos  que  hoy  existen,  quedan  libres
desde  la  jura  de  esta  Constitución,  y  una  ley  especial  reglará  las
indemnizaciones  á  que  dé  lugar  esta  declaración.  Todo  contrato
de  compra-venta  de  personas  es  un  crimen  de  que  serán  respon-
            
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.