Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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DE  LA  CONFEDERACION  ARGENTINA.

derla.  En  poder  de  la  buena  intención,  este  régimen  puede  convenir ­
  al  ejercicio  de  la  libertad  política  ;  pero  ni  con  buena,  ni
con  mala  intención  puede  convenir  Jamas  al  ejercicio  de  la  libertad ­
  económica,  siempre  inofensiva  al  orden,  y  llamada,  como
he  dicho  en  otra  parte,  á  nutrir  y  educar  á  las  otras  libertades. ­

No  participo  del  fanatismo  inexperimentado,  cuando  no  hipócrita, ­
  que  pide  libertades  políticas  á  manos  llenas  para  pueblos
que  solo  saben  emplearlas  en  crear  sus  propios  tiranos.  Pero  deseo ­
  ilimitadas  y  abundantísimas  para  nuestros  pueblos  las  libertades
  civiles,  á  cuyo  número  pertenecen  las  libertades  económicas ­
  de  adquirir,  enajenar,  trabajar,  navegar,  comerciar,  transitar ­
  y  ejercer  toda  industria.  —  Estas  libertades,  comunes  á
ciudadanos  y  extranjeros  (por  los  art.  ti  y  20  de  la  Constitución), ­
  son  las  llamadas  á  poblar,  enriquecer  y  civilizar  estos
países,  no  las  libertades  políticas,  instrumento  de  inquietud  y
de  ambición  en  nuestras  manos,  nunca  apetecidas  ni  útiles  al
extranjero,  que  viene  entre  nosotros  buscando  bienestar,  familia, ­
  dignidad  y  paz.  —  Es  felicidad  que  las  libertades  mas  fecundas ­
  sean  las  mas  practicables,  sobre  todo  por  ser  las  accesibles ­
  al  extranjero  que  ya  viene  educado  en  su  ejercicio.
Por  este  método  de  ser  libre  con  permiso  de  la  ley,  el  derecho
constitucional  de  la  América  antes  española  ha  dado  á  luz,  en
economía  sobre  todo,  millares  de  leyes  y  ordenanzas  del  tipo  de
la  conocida  ley  de  Fígaro,  según  la  cual  se  habia  establecido  en
Madrid  la  libertad  de  escribir  á  ejemplo  de  su  libertad  de  coinerciar.
  —  «  Se  lia  establecido  en  Madrid  (dice  jocosamente
Beaumarchais)  un  sistema  de  libertad  que  se  extiende  aun  á  la
prensa,  en  cuya  virtud,  con  tal  que  no  se  bable  en  sus  escritos
de  la  autoridad,  ni  del  culto,  ni  de  la  política,  ni  de  la  moral,
Di  de  los  empleados  públicos,  ni  de  las  corporaciones,  ni  de  la
ópera,  ni  de  los  otros  espectáculos,  ni  de  persona  que  se  reñera
á  cosa  alguna,  se  puede  imprimir  todo  libremente,  bajo  la  inspección ­
  de  tres  censores.  »
No  en  broma  sino  muy  seriamente  dijeron  sus  leyes  coloniajes ­
  de  libej'tad  de  comercio  :  —  «  Con  tal  que  la  mercancia  sea
española  y  no  de  otra  parte;  que  salga  de  puerto  español  habilij^do
  por  ley,  y  vaya  á  puerto  americano  legalmente  habilitado  ;
9üe  vaya  en  navio  habilitado  especialmente,  y  á  cargo  de  persona
habilitada  para  ese  tráfico,  previa  información  de  sangre,  conr
            
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