Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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BASES

Abre  puertos  de  comercio.
Es  árbitro  de  la  posta,  de  los  caminos,  de  la  educación  pública, ­
  de  la  hacienda,  de  la  policía,  sin  acuerdo  de  nadie.
Reúne  ademas  todas  las  atribuciones  inherentes  al  poder
ejecutivo  de  los  gobiernos  regulares,  sin  ninguna  de  sus  responsabilidades. ­

Dura  en  sus  funciones  diez  años,  durante  los  cuales  solo  dos
veces  se  reúne  el  Congreso.  Sus  sesiones  ordinarias  tienen  lugar
cada  cinco  años.  Si  en  países  que  están  regenerándose  y  que
tienen  que  rehacerlo  todo,  son  cortas  por  lo  mismo  las  sesiones
anuales  de  seis  meses,  ¿  se  diria  que  son  escasas  las  sesiones  del
Congreso  del  Paraguai?  —  Tal  vez  no,  pues  retiene  tan  escaso
poder  legislativo  el  Congreso,  que  su  reunion  es  casi  insignificante. ­

El  Congreso  tiene  el  poder  de  elegir  el  presidente;  pero  los
diputados  del  Congreso  ¿  cómo  son  elegidos?  —  L'n  la  forma
hasta  aquí  acostumbrada,  dice  el  art.  1®,  tít.  2  de  la  constitución.
—  La  costumbre  electoral  á  que  alude  es  naturalmente  la  del
tiempo  del  IP  Francia,  de  cuyo  liberalismo  se  puede  juzgar  por
eso  solo.  —  Es  decir  en  buenos  términos,  que  el  presidente  elige
y  nombra  al  Cougi'eso,  como  este  elige  y  nombra  al  presidente.
Dos  poderes  que  se  procrean  uno  á  otro  de  ese  modo  no  pueden
ser  muy  independientes.
El  poder  fuerte  es  indispensable  en  América,  és  verdad  ;  pero
el  del  Paraguai  es  la  exageración  de  ese  medio,  llevada  al  ridículo ­
  y  á  la  injusticia,  desde  luego  que  se  aplica  á  una  población
célebre  por  su  mansedumbre  y  su  disciplina  jesuíticas  de  tradición ­
  remota.
Nada  sería  la  tiranía  presente  si  al  ménos  diera  garantías  de
libertades  y  progresos  para  tiempos  venideros.  Lo  peor  es  que
las  puertas  del  progreso  y  del  país  continúan  cerradas  herméticamente ­
  por  la  constitución,  no  ya  por  el  D'  Francia;  de  modo
que  la  tiranía  constitucional  del  Paraguai  y  el  reposo  inmóbil,
que  es  su  resultado,  son  estériles  en  beneficios  futuros  y  solo
ceden  en  provecho  del  tirano,  es  decir,  hablando  respetuosamente, ­
  del  presidente  constitucional.  El  país  era  antes  esclavo
del  IP  Francia  ;  hoy  lo  es  de  su  constitución.  Peor  es  su  estado
actual  que  el  anterior,  si  se  reflexiona  que  ántes  la  tiranía  era
un  accidente,  era  un  hombre  mortal  ;  hoy  es  un  hecho  definitivo ­
  y  permanente,  es  la  constitución.
            
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