Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 463 
tucion. Toda Constitución de Sud-Ainérica que carezca de esa 
regla, desconoce su destino y rol moderno. Esto es poner la 
Organización en su verdadero camino, que consiste en derogar 
mas que en estatuir. 
§ XIV. 
Hay dos métodos de reforma legislativa: por códigos completos, ó por leyes 
sueltas. — Diñcultades del primero; motivos de preferir el último. 
Esta reforma, este cambio ¿deberá ser simultáneo ó gradual? 
¿Cuál será el método que convenga á la reforma? ¿La sanción 
de códigos, ó la promulgación de leyes parciales y sucesivas? — 
La Constitución sugiere los dos medios, sin preferir ninguno : 
el art. t)i, inciso ti , da al Congreso la facultad de dictar los 
códigos civil, comercial, penal y de minería ; la facultad, no la 
obligación de legislar en esos ramos por códigos. No era de la 
Constitución el fijar métodos ni plazos á la reforma. Por eso el 
mismo artículo citado, en dicho inciso y en el inciso 46-, dan 
igualmente al Congreso el poder de satisfacer las necesidades 
del país, promoviendo los intereses materiales, por medio de 
leyes protectoras de esos fines. 
Siendo tan admisible y constitucional un método como otro, 
el país debe someter la elección á la prudencia. 
Los códigos son el método para satisfacer todas las necesidades 
legislativas de un país en un solo diayen un solo acto. Esto solo 
basta para notar que es un mal método en países que dan prin 
cipio á una Alda tan desconocida y nueva en sus elementos y 
medios orgánicos, como el suelo, el principio, la combinación 
y fin de su desarrollo. 
Los códigos son la expresión de la sociedad, la imágen de su 
estado social, que resulta esencialmente de la combinación de 
tres órdenes de hechos, á saber : los hechos morales, los hechos 
politicos y los hechos económicos. Estos hechos se desenvuelven 
por leyes naturales, que les son propias. Estas leyes naturales 
impulsan á los hombres á realizar los cambios involuntaria 
mente y por instinto, mucho ántes que los hombres conozcan y 
sepan formularlos por la ciencia. Así la riqueza es anterior á la 
ciencia económica; la libertad es anterior á las constituciones
	        
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