Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

468 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 
Son condenables por la Corte, y revocables por el Congreso , 
las leyes que alteran los principios, derechos y garantías de la 
Constitución, en virtud de su artículo 28. 
El art. 29 prohibe dar ley que conceda facultades extraordi 
narias al Poder ejecutivo. Es extraordinaria toda facultad que 
no es otorgada por la Constitución. Y como nuestras leyes mo 
nárquicas dan al Ejecutivo facultades que no le da la Constitu 
ción, se puede decir que nuestras compilaciones españolas no 
son mas que códigos de facultades extraordinarias. 
Actos ó leyes de esta naturaleza (dice la Constitución) llevan 
consigo una insanable nulidad, y sujetan á los que los cometen 
á la responsabilidad del crimen de lesa-patria. 
Con esas terribles disposiciones de la ley fundamental, todo 
el mundo puede acusar ante la Corte suprema la inconstilucio- 
nalidad de las leyes civiles y administrativas realistas, que 
alteran los principios y poderes establecidos por la Constitución, 
y pedir que se declaren contrarias á ella. 
De este modo la Corte viene á tomar en sus manos la reforma 
de la legislación realista, ó bien sea, la organización de la Re 
pública, por la condenación de las leyes que la desvirtúan y 
reaccionan. 
Así la República viene á tener el medio de sujetar á causa, 
de traer á juicio ante la soberanía judicial del pueblo, repre 
sentada por la Corte suprema, la obra del despotismo secular, 
el antiguo régimen, las leyes torpes que desconocen los princi 
pios de libertad, seguridad, igualdad, base religiosa de toda ley 
humana. Son los reyes y los siglos de barbarie traidos á los 
bancos de la justicia del pueblo á responder, como reos, de 
sus atentados contra la razón, contra la verdad y contra la Re 
pública, que es el Evangelio aplicado al gobierno político. 
Condenada por la Corle, derogada por el Congreso la ley in 
constitucional, es preciso suplirla por otra nueva. 
¿ Según qué manera, qué ejemplo, cuál modelo? 
Nuestros modelos favoritos son : en lo civil, el código de Na 
poleon : en lo comercial, el de Fernando Vil. — Obras del des 
potismo puro y simple, ¿pueden ser modelo, esos códigos, de 
leyes llamadas á poner en ejecución una Constitución que im 
pone al legislador civil, como principio y límite de su obra , la 
libertad?
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.