468 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO DE LA CONFEDERACION ARGENTINA.
Son condenables por la Corte, y revocables por el Congreso ,
las leyes que alteran los principios, derechos y garantías de la
Constitución, en virtud de su artículo 28.
El art. 29 prohibe dar ley que conceda facultades extraordi
narias al Poder ejecutivo. Es extraordinaria toda facultad que
no es otorgada por la Constitución. Y como nuestras leyes mo
nárquicas dan al Ejecutivo facultades que no le da la Constitu
ción, se puede decir que nuestras compilaciones españolas no
son mas que códigos de facultades extraordinarias.
Actos ó leyes de esta naturaleza (dice la Constitución) llevan
consigo una insanable nulidad, y sujetan á los que los cometen
á la responsabilidad del crimen de lesa-patria.
Con esas terribles disposiciones de la ley fundamental, todo
el mundo puede acusar ante la Corte suprema la inconstilucio-
nalidad de las leyes civiles y administrativas realistas, que
alteran los principios y poderes establecidos por la Constitución,
y pedir que se declaren contrarias á ella.
De este modo la Corte viene á tomar en sus manos la reforma
de la legislación realista, ó bien sea, la organización de la Re
pública, por la condenación de las leyes que la desvirtúan y
reaccionan.
Así la República viene á tener el medio de sujetar á causa,
de traer á juicio ante la soberanía judicial del pueblo, repre
sentada por la Corte suprema, la obra del despotismo secular,
el antiguo régimen, las leyes torpes que desconocen los princi
pios de libertad, seguridad, igualdad, base religiosa de toda ley
humana. Son los reyes y los siglos de barbarie traidos á los
bancos de la justicia del pueblo á responder, como reos, de
sus atentados contra la razón, contra la verdad y contra la Re
pública, que es el Evangelio aplicado al gobierno político.
Condenada por la Corle, derogada por el Congreso la ley in
constitucional, es preciso suplirla por otra nueva.
¿ Según qué manera, qué ejemplo, cuál modelo?
Nuestros modelos favoritos son : en lo civil, el código de Na
poleon : en lo comercial, el de Fernando Vil. — Obras del des
potismo puro y simple, ¿pueden ser modelo, esos códigos, de
leyes llamadas á poner en ejecución una Constitución que im
pone al legislador civil, como principio y límite de su obra , la
libertad?