Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

474  SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO
al  que  no  lo  necesita,  porque  eso  sería  contrario  al  principio  de
libertad  que  protege  al  que  rechaza  lo  que  no  quiere  ni  necesita. ­
  ,
La  Constitución  ,  por  sí,  nada  crea  ni  da  :  ella  declara  del
hombre  lo  que  es  del  hombre  por  la  obra  de  Dios,  su  primitivo
legislador.  Dios,  que  ha  formado  á  todos  los  hombres  iguales
en  derecho,  ha  dado  á  los  unos  capacidad  y  á  los  otros  inepcia,
creando  de  este  modo  la  desigualdad  de  las  fortunas,  que  son
el  producto  de  la  capacidad,  no  del  derecho.  La  Constitución  no
debia  alterar  la  obra  de  Dios,  sino  expresarla  y  confirmarla.  Ni
estaba  á  su  alcance  igualar  las  fortunas  ,  ni  su  mira  era  otra
que  declarar  la  igualdad  de  derechos.
Garantizar  trabajo  á  cada  obrero  sería  tan  impracticable  como
asegurar  á  todo  vendedor  un  comprador,  á  todo  abogado  un
•  cliente,  á  todo  médico  un  enfermo,  á  todo  cómico,  aunque
fuese  detestable,  un  auditorio.  La  ley  no  podria  tener  ese  poder, ­
  sino  á  expensas  de  la  libertad  y  de  la  propiedad,  porque
sería  preciso  que  para  dar  á  los  unos  lo  quitase  á  los  otros;  y
semejante  ley  no  podria  existir  bajo  el  sistema  de  una  Constitución ­
  que  consagra  en  favor  de  todos  los  habitantes  los  principios ­
  de  libertad  y  de  propiedad  ,  como  bases  esenciales  de  1&
legislación.

§  II.
De  la  ipUa'dad  en  sus  aplicaciones  á  los  salarios.
El  principio  de  igualdad,  tal  como  ha  sido  consagrado  por  los
artículos  15  y  IG  de  la  Constitución,  tiene  consecuencias  infinitas ­
  en  la  buena  distribución  de  los  beneficios  del  trabajo.
La  Constitución  ha  enriquecido  los  provechos  del  trabajo  libre, ­
  aboliendo  el  trabajo  esclavo  y  servil,  que  le  hacia  concurrencia ­
  desastrosa.  En  la  Confederación  Argentina  no  hay  esclavos. ­
  Todo  contrato  de  compra  y  venta  de  personas  es  un  crimen
infamante,  dice  el  art.  15.
Desconociendo  las  prerogativas  de  sangre  y  de  nacimiento,
los  fueros  personales  y  los  títulos  de  nobleza,  haciendo  á  todos
los  habitantes  de  la  Confederación  iguales  ante  la  ley,  y  fijando
el  principio  de  igualdad  como  base  del  impuesto  y  de  las  cargas
            
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