Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

476 SISTEMA. ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
decir, á los trabajadores mas útiles, de todo servicio militar y de 
toda contribución extraordinaria de carácter forzoso. ( Artícu 
los 20 y 21. ) Y para que esta promesa de la Constitución no 
quede ilusoria, el art. 27 obliga al gobierno á estipular tratados 
de paz y de comercio con las potencias extranjeras, destinados 
á afianzar la estabilidad de.esos principios. 
Hé ahí las bases que ha dado la Constitución argentina para 
la Organización del trabajo en cuanto á sus beneficios ó salarios. 
Las leyes orgánicas de la Constitución, en ese punto, no tienen 
mas misión que dar las reglas convenientes para que el salario 
sea libre en cuanto á su tasa, accesible á todos por igual y para 
todos inviolable y seguro. 
§IV. 
La organización del trabajo no tiene en Siid-América las exigencias que en 
Europa. — Aplicaciones plagiarias. — Condición del pobre en la República 
Argentina. 
Importa no perder de vista que la organización del trabajo, 
en lo relativo á la distribución de sus provechos, no tiene en las 
provincias de la Confederación Argentina las exigencias que en 
los pueblos de Europa, donde la condición del trabajador y la 
demanda de sus servicios son del todo diferentes que en Amé 
rica. Á este respecto, todas las condiciones económicas son 
opuestas y desemejantes en los dos continentes. 
Nada mas loco, mas ajeno de sentido común, que las aplica 
ciones plagiarias que pretenden hacer los agitadores de Sud- 
América de las doctrinas de algunos socialistas europeos sobre 
la organización del trabajo, como medio de sustraer las clases 
pobres á los rigores del hambre y á las tiranías del capital y del 
terrazgo, en estos países donde las condiciones económicas del 
trabajo son del todo peculiares y diferentes de las conocidas en 
Europa. Tales aplicaciones suponen la ignorancia mas completa 
de las proporciones que guardan en esta América desierta la 
población con las subsistencias. 
En Sud-América hay riesgo de que el salario suba hasta el 
despotismo, al reves de lo que sucede en Europa, donde el sala 
rio es insuficiente para alimentar al trabajador. El mismo hom 
bre que en Europa recibe la ley del capitalista y del empresario
	        
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