Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

492  SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO
arriba,  consiste  en  los  capitales  trasformados  en  ferrocarriles,
telégrafos,  canales  ,  puentes  ,  muelles,  fábricas,  etc.,  etc.
El  derecho  de  todo  capital  á  tomar  esas  formas,  á  convertirse
en  esos  objetos,  es  y  debe  ser  una  libertad  civil  de  todos  los  habitantes ­
  del  país;  pero,  á  mas  de  una  libertad,  debe  ser  un  derecho ­
  asegurado,  una  garantía.

§  IV.

De  la  seguridad,  como  medio  de  atraer  capitales.  —  Bases  que  á  este  respecto
da  la  Constitución  á  las  leyes  sobre  préstamo,  crédito,  hipoteca.  —  Acción
de  los  tratados  exteriores  en  el  crédito,  como  medios  de  seguridad.

Después  de  la  libertad,  la  seguridad  es  otro  de  los  medios  que
la  Constitución  argentina  emplea  para  atraer  los  capitales  extranjeros. ­
  La  ley  orgánica  debe  hacer  que  esa  garantía  se  vuelva
realidad  :  ahora  veremos  por  qué  medios.
Dar  seguridad  á  los  capitales,  es  no  solamente  un  medio  de
atraerlos,  sino  de  ponerlos  al  alcance  de  todos,  para  fecundar
la  producción  y  multiplicar  el  bienestar  común,  por  la  baja  del
interes  y  del  seguro,  que  os  un  resultado  de  la  seguridad.
Dijimos  ahora  poco  que  las  causas  mas  ordinarias  de  inseguridad ­
  residian  en  la  clase  de  aplicación  ó  empleo  de  los  capitales,
en  los  hábitos  de  inexactitud  de  los  habitantes  del  país,  y  en  las
leyes  viciosas,  imprevisoras  ó  mal  observadas.
La  primera  de  esas  causas  está  fuera  del  alcancu  de  la  ley,  que
ni  puede  limitar  la  libertad  que  cada  uno  tiene  de  emplear  su
capital  en  el  servicio  que  mejor  le  parezca,  ni  puede  desnudar
de  un  golpe  á  los  empleos  del  capital  en  Sud-Ainérica  del  carácter ­
  aleatorio  ó  azaroso  que  en  cierto  modo  deben  al  estado  naciente ­
  de  cosas  en  el  Nuevo  Mundo  sud-americano.
Los  hábitos  de  exactitud  y  puntualidad  en  la  ejecución  de  los
pactos  privados  forman  una  parte  de  las  costumbres  del  país,
en  cuya  formación  no  cabe  á  las  leyes  mas  que  una  acción  indirecta ­
  y  mediata.
De  modo  que  la  acción  de  la  ley  sobre  sí  misma  es  el  medio
que  esté  mas  al  alcance  del  Estado,  para  contribuir  á  que  se
realice  en  favor  del  capital  la  garantía  de  la  seguridad  ofrecida
por  la  Constitución.  (Artículos  17,  18  y  20.)
            
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