Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 
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El que uo cree eu la libertad como fuente de riqueza, ni merece 
ser libre, ni sabe ser rico. La Constitución que se han dado los 
pueblos argentinos, es un criadero de oro y plata. Cada libertad 
es una boca mina, cada garantía es un venero. Estas son figuras 
de retorica para el vulgo, pero es geometría práctica para hom 
bres como Adara Smith. Llevad con orgullo. Argentinos, vues 
tra pobreza de un dia; llevadla con esa satisfacción del minero 
que se para andrajoso y altivo sobre sus palacios de plata sepul 
tados en la montaña, porque sabe que sus harapos de hoy serán 
reemplazados mañana por las telas de Cachemira y de Sedan.— 
La Constitución es un título de propiedad que os llama al goce 
de una opulencia de mañana. El que no sabe ser pobre á su 
tiempo, no sabe ser libre, porque no sabe ser rico. 
Y en tanto que esa riqueza viene, hay una política económica 
de transición que sabe hacer llegar los recursos del Tesoro, por 
menguado que sea, hasta cubrir todos los gastos. Consiste lisa 
y llanamenlo engastar poco. La Confederación tiene en su capa 
cidad notoria de ahorrar una nueva probabilidad de tener renta 
suficiente para llenar su gasto, sobrio como la condición de su 
vida de orden y buen juicio. Firmar tratados, postergar guerras, 
prevenir disturbios, es agrandar el Tesoro nacional. Los presu 
puestos de gastos públicos de la provincia de Buenos Aires no 
deben servir de regla para la Confederación, porque esa provin 
cia, disponiendo de rentas ajenas en gran parte y gobernada 
veinte anos por tiranos, ha gastado como cuatro Repúblicas 
juntas y ha contraído el hábito de la dilapidación, no en obras 
de utilidad publica, sino en guerras buscadas para tener pre 
texto de ejercer la dictadura perpetua, y en soldados y cóm 
plices para sostenerla. 
Hay otra posibilidad de que el Tesoro actual, por escaso que 
sea, alcance para cubrir los gastos del servicio público, y es la 
que sale del principio administrativo contenido en el art. 107 
de la Constitución argentina, por el cual cada provincia presta 
sus empleados locales á la Confederación, para el servicio de su 
gobierno general, dentro de su suelo res¡iectivo. De este modo 
lo intpHm^ considerablemente el gasto del gobierno general en 
narfp íIp 9^.^ en su compensación deje el uso de una 
nara avinl ir en la provincia en que se causen, 
niiiplíil ^ pagar el doble servicio de sus funcionarios. Por 
que sean los inconvenientes de ese arbitrio suminis-
	        
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