Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA CONFEDERACIOX ARGENTINA. 641 
La recaudación administrada por el gobierno mismo es mas 
barata que la desempeñada por arrendatarios ; pero eso es cuando 
el gobierno habiendo afianzado su estabilidad y organizado el 
sistema general de su administración, puede contraerse y se 
halla capaz de administrar por sí mismo sus recursos, con me 
jor resultado que por arrendatarios. En eso acaban todos los 
gobiernos; pero no es ese su punto de partida. Muy poco tiempo 
hace que los gobiernos de Europa administran directamente la 
recaudación de sus impuestos. Por siglos enteros, antes de lle 
gar a su madurez, han acostumbrado arrendar la percepción de 
sus entradas fiscales á licitadores que adelantaban su importe á 
los gobiernos. Es el método que conviene á países que dan prin 
cipio á su Organización administrativa, y que atraviesan tiempos 
difíciles y extraordinarios. La España siguió este sistema para 
la recaudación de sus impuestos en sus colonias de Sud-Amé- 
rica, que aunque Repúblicas independientes hoy dia, su admi 
nistración interior dista mucho de hallarse en pié de manejar 
sus recursos con ménos dispendio que por arrendatarios. 
La Confederación Argentina podría servirse de este método 
para la cobranza de algunas de sus contribuciones indirectas, 
reservándose para otras la administración ó recaudación por sus 
propios agentes. 
Agentes ó empleados para la percepción de las contribuciones 
indirectas no se requieren, ni mas ni ménos, que los indisjien- 
^bles para el cobro y manejo de los demas impuestos. No po 
dría imaginarse un gobierno (jue careciese de empleados para el 
manejo de la hacienda: tanto valdría exigirle que se disiiensára 
de tenerlos para el sercicio de los ramos de guerra, de lo inte 
rior y de la política exterior. 
Rajo cualquier sistema de recaudación, el gobierno argentino 
necesitará del ministro secretario de hacienda, que le da el artí 
culo 84 de la Constitución, para (pie presida al despacho de los 
negocios de la Confederación en la recaudación é inversion de 
las rentas nacionales, atribuida al Presidente de la República 
por el art. 83, inciso 13 de la Constitución. 
ministro de hacienda ha de haher necesa- 
1 ' 1 " jerarquía de funcionarios fiscales, que corran con 
y contabilidad del producto de los im- 
cualesquiera que sean, directos ó indirectos. Como la 
nda del Estado tiene várias entradas, aunque no hubiera
	        
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