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6oO SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO
Con los capitales extranjeros introducidos en el país por via
de empréstito, se obtiene en los prestamistas otros tantos ami
gos y sostenedores de la causa nacional. El acreedor sensato, es
decir, el acreedor europeo, es el mas fiel soldado de la causa del
órden público. Naciones como la Inglaterra ó la Francia podrian
vacilar entre buscar empréstitos dentro del país, ó tomarlos del
extranjero; pero países desiertos y pobres que no tienen capi
tales propios, no tienen déreclio á vacilar. Renunciar á los em
préstitos ofrecidos por el extranjero, sería renunciar absoluta
mente al recui'so del crédito en esa forma de deuda pública. El
único en grande escala que se haya realizado en el Plata, fuá
negociado en Lóndres.
En cuanto á las condiciones de su negociación, la Constitución
misma permite al gobierno argentino estipularlas tales, que
sirvan de estímulo bastante capaz de decidir al capitalista ex
tranjero á colocar su dinero en países nacientes, llenos de peli
gros y riesgos, por los cuales tiene el deudor que pagar una
prima de seguridad mayor que el interes mismo. En el cap. 3
de la segunda parte de este libro, hemos estudiado las leyes
normales que hacen subir el precio del dinero en todas partes.
Allí hemos visto que lo que se llama usura y destajo vulgar
mente , comprende no solamente el interes del dinero prestado,
sino el premio del seguro por los riesgos que corree! prestamista
de no volver á entrar en posesión de su dinero; riesgos que no
vienen de mala voluntad precisamente, sino de causas infinitas
independientes del deseo de pagar que puede asistir al deudor.
Lo que sucede á ese respecto con el préstamo privado, sucede
doblemente con el empréstito hecho al gobierno, el deudor mas
expuesto á contratiempos en estos países de inseguridad perma
nente. — Los gobiernos de Sud-Aiiiérica tienen que pagar los
riesgos que corre el prestamista extranjero, y sin este requisito
será imposible que puedan encontrar prestamistas. Así Rueños
Aires de cinco millones de pesos fuertes que tomó prestado en
Inglaterra en 1822, solo vino á recibir en efectivo seiscientas
mil libras esterlinas, deducidos los gastos de negociación y los
intereses que tuvo que pagar adelantados por dos años. El valor
de esos cinco millones habia sido puramente nominal, pues por
cada cien pesos reconocidos por el gobierno, solo debia entregar
en realidad sesenta el prestamista. — Esa manera de estipular
los empréstitos públicos, es recibida y usual en circunstancias