<684 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO
4idos los gastos públicos como los objetos de la administración
en que deben ser efectuados, tendremos entonces los gastos or
dinarios clasificados de este modo :
1® Gastos del servicio ó ministerio del interior;
2° Gastos del servicio de las relaciones exteriores ;
3® Gastos del servicio en el ministerio de hacienda ;
-4" Gastos del ministerio de justicia, culto é instrucción ;
5® Gastos del ministerio de guerra y marina.
En esta misma clasificación podrán entrar los gastos extrao7'-
dinaríos, según que se refieran á cualquiera de estos cinco de
partamentos la empresa, la obra ó la necesidad urgente y extra
ordinaria que los motive.
Examinemos las reglas que se deducen de la Constitución
sobre la manera de dirigir y ordenar estas diferentes clases del
gasto público.
§ II. . _
De los gastos de cada ministerio en particular considerados en su objeto
respectivo.
Ministovio del intcviov. — Los gastos de este departamento de
la administración se componen de lo que cuesta el estrechar la
union nacional, consolidai' la paz interior, promover el bienestar
general, que son los objetos de la Constitución mas inmediata
mente colocados á su cargo.
Para llevar á cabo esos objetos, el ministerio del interior
tiene necesidad de pagar el servicio de los agentes civiles y
militares, empleados en trasmitir su acción destinada á mante
ner la integridad nacional interior, el orden y la paz interio
res, que consisten en la observancia de la Constitución y de las
leyes ; los edificios para las oficinas del servicio; los objetos para
equipar y mantener el ejército. Tiene que costear los trabajos
y obras públicas, los establecimientos de beneficencia, la policía
de seguridad y de sanidad de que depende el bienestar general
en los objetos de su cargo.
Sobre estos puntos la ley de gastos debe dejarse conducir por
las miras de la Constitución á cuyo servicio son destinados.
La Union nacional, es decir, la reinstalación constitucional de
la integridad nacional del pueblo argentino, y la paz y el orden