DE LA CONFEDERACION ARGENTINA. 381
sables los que lo celebraren y el escribano ó funcionario que lo au
torice. »
La libertad del trabajo recibe su última sanción del art. 19
e a Constitución, que dispone lo siguiente : — « Las acciones
privadas de los hombres, que de ningún modo ofendan al orden
y < a moral pública, ni perjudiquen á un tercero, están solo
Gser\adas ú Dios y úMíorií/fli/ de los magistrados.
ingun habitante de la Confederación será obligado á hacer lo
que lio manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe. »
lo que antecede, que la libertad, considerada
P a onstitucion en sus efectos y relaciones con la producción
principio y manantial de riqueza pública y pri-
aaa, tanto como una condición do bienestar moral. Toda ley,
según esto, todo decreto, todo acto, que de algún modo res
tringe o comproiiiete el principio de libertad, es nn ataque mas
ó ménos seno a la riqueza del ciudadano, al Tesoro del Estado
y al progreso material del país. — El despotismo y la tiranía,
sean del poder, de las leyes ó de los reglamentos, aniquilan en
su origen el manantial de la riqueza, — que es el trabajo libre,
~~ son causa de miseria y de escasez para el país, y origen de
todas las degradaciones que trae consigo la pobreza.
§ IL
De la Igualdad en sus relaciones con la producción.
urW Constitución argentina establece el
principio de Igualdad, dan á esta garantía un inmenso intlujo
en la producción y distribución de la riqueza.
l’or el artículo 14 ya citado, todos los habitantes de la Confe
deración gozan de las mismas libertades conforme á las leyes.
ArnZr^ ítrtículo 15, citado ya también, en la Confederación
^ntina no hay esclavos.
en favnr^a^ 1^ ^ explícito que todos, dispone lo siguiente
mite nrfir ^ úe igualdad : — La Confederación no ad-
* nacimiento, no ha,j en ella
^Qdales ant T títulos de nobleza. Todos sus habitantes son
^^t'gas públiZ ^ agualdad es la base del impuesto y de las