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EL COMERCIO Y LOS COMERCIANTES
franquicia ó nacionalizadas por el pago de derechos, y encon
trándose, por consiguiente, en el mercado libre del interior,
son enviadas de nuevo al extranjero; 2.°, los azúcares expor
tados con data para las cuentas de la admisión temporal.
De ello se sigue, al contrario de lo que se ha dicho antes
respecto á la comparación de los dos comercios de importa
ción, que las cifras del comercio especial no pueden jamás en
la exportación superar á las del comercio general.
Las mercancías en tránsito son las que, importadas del ex
tranjero, son reexportadas sin modificación en su naturaleza
ni en su cantidad. Se puede decir que el tránsito representa la
diferencia entre el comercio general y el comercio especial.
Pero de hecho esta palabra no se aplica á las mercancías re
expedidas directamente de los depósitos de los puertos (1).
El régimen del tránsito se aplica: l.°, á las mercancías que
entran por una frontera, por tierra ó por mar, para salir por
otra frontera, directamente, sans emprunt de la mer; 2.°, á las
mercancías que se dirigen por tierra de una oficina ó de un
depósito de las fronteras ó del interior á otra oficina ó á otro
depósito.
En los Estados Unidos y en España, las mercancías
de tránsito no son comprendidas en el comercio ge
neral; en Italia, desde 1900, se excluyen también y
solo son comprendidas las mercancías que están en
depósito.
En la práctica, el tránsito no existe para las mer
cancías que están exentas de derechos, pues el im
portador no tiene interés alguno en solicitar el
dráwback.
Estas mercancías entran en el comercio especial, y
el algodón en lana figura en las exportaciones de los
productos nacionales de Bélgica y de Francia.
( 1 ) Tránsito. Dictionaire du Commerce.