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EL COMERCIO Y LOS COMERCIANTES
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pero no liemos podido alcanzar á la cifra de la exportación
media anual del período 1889-1891. La disminución
de nuestras exportaciones con relación á los
períodos 1877-1886 y 1889-1891, no se debe sólo á
las tarifas de aduanas extranjeras que rechazan nuestras
productos, sino también á nuestras propias
tarifas.
M. Julien Hayem dice en el artículo Lencería del
Dictionnaire du Commerce:
«Los derechos que gravan los tejidos de algodón
pueden ser mirados casi como prohibitivos, en cuanto
á la lencería y camisería. Tejidos que en Suiza ó
Inglaterra se venden á 50 ó 60 céntimos de franco,
algunas veces á menos, son doblados ó triplicados
por efecto del derecho*.
El aduanero, condenado á aplicar una tarifa proteccionista,
compuesta de infinidad de números, se ve
obligado á hacerse enredador y arbitrario, por miedo
á ser acusado de flaqueza librecambista.
«¿Qué resulta de ello?—continúa M. Hayem. Pues
que la fabricación francesa se encuentra en la imposibilidad
de introducir tejidos que sean verdaderas novedades
y gocen de un gran favor, en los mercados
extranjeros. Si los importa á pesar de los derechos
exorbitantes, se producen dos efectos igualmente
perjudiciales; en el interior, obligar al consumidor
nacional á pagar precios mucho más elevados que los
que rigen fuera para los mismos productos; y en el
exterior, queda la fabricación francesa en una situación
muy inferior ante la mirada de los concurrentes
extranjeros; reducida á la impotencia, ve escapárse-