Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

BASES

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constituciones  de  los  países  mas  libres  y  mas  civilizados,  habría
la  mayor  extravagancia  en  pretender  regir  una  población  ¡pequeña ­
  ^  malísimamente  preparada  para  cualquier  gobierno  coMstitucional,
  por  el  sistema  que  prevalece  en  Estados  Unidos  ó  en
Inglaterra,  que  son  los  países  mas  civilizados  y  mas  libres.
La  originalidad  constitucional  es  la  única  á  que  se  pueda  aspirar ­
  sin  inmodestia  ni  pretcnsión  :  ella  no  es  como  la  originalidad ­
  en  las  bellas  artes.  No  consiste  en  una  novedad  superior
á  todas  las  perfecciones  conocidas,  sino  en  la  idoneidad  para  el
caso  especial  en  que  deba  tener  aplicación.  En  este  sentido,  la
originalidad  en  materia  de  asociación  política  es  tan  fácil  y
sencilla  como  en  los  convenios  privados  de  asociación  comercial
ó  civil.
Por  otra  parte,  el  estado  de  cosas  de  1820  era  causa  de  que
aquel  Congreso  colocase  la  seguridad  como  el  primero  de  los
fines  de  la  constitución.  «
El  país  estaba  en  guerra  con  el  imperio  del  brasil,  y  bajo  el
influjo  de  esa  situación  se  buscaba  en  el  régimen  exterior  mas
bien  seguridad  que  franquicia.  «  La  seguridad  exterior  llama
toda  nuestra  atención  y  cuidados  liácia  un  gobierno  vecino,  monárquico ­
  y  pode)oso,  n  decia  en  su  informe  la  comisión  redactara ­
  del  proyecto  sancionado.  —  Así  la  constitución  empezaba
ratificando  la  independencia  declarada  ya  por  actos  especiales  y
solemnes.
Rivadavia  mismo,  al  tomar  posesión  de  la  presidencia  bajo
cuyo  intlujo  debia  darse  la  constitución,  se  expresaba  de  este
modo:  «  Hay  otro  medio  (entre  los  de  arribar  á  la  constitución) ­
  que  es  otra  necesidad,  y  no  puede  decirse  por  desgracia,
porque  rivaliza  con  esa  desgracia  una  fortuna;  ella  es  (leí  momento, ­
  y  por  lo  mismo  urge  con  preferencia  á  todo...  Esta  necesidad ­
  es  la  de  una  victoria.  La  guerra  en  que  tan  justa  como
noblemente  se  baila  empeñada  esta  nación  ,  etc.  »
Cuando  se  teme  del  exterior,  es  imposible  organizar  las  relaciones ­
  de  fuera  sobre  las  bases  de  la  confianza  y  de  una  libertad
completas.
Rivadavia  mismo,  á  pesar  déla  luz  de  su  inteligencia  y  de  su
buen  corazón,  no  veía  con  despejo  la  cuestión  constitucional  en
que  inducia  al  país.  Su  programa  era  estrecho,  á  juzgar  por  sus
propias  palabras  vertidas  en  la  sesión  del  Congreso  constituyente
del  8  de  febrero  de  1820,  al  tomar  posesión  del  cargo  de  Rresi-
            
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