Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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DE  LA  CONFEDERACION  ARGENTINA.  489
Esas  leyes  ignorantes,  promulgadas  en  daño  de  la  industria
y  en  odio  de  los  Árabes  y  Judíos,  que  hadan  florecer  la  España
en  la  edad  média,  despoblaron  ese  país  de  sus  habitantes  mas
cultos  é  industriosos,  y  dejaron  en  nuestros  corazones,  españoles
hasta  el  dia,  preocupaciones  que  nos  hacen  mirar  de  mal  ojo  lo
que  precisamente  debe  servir  para  sacarnos  de  la  oscuridad  y  de
la  pobreza.

§  III.

Continuación  del  mismo  asunto.  —  La  Constitución  atrae  los  capitales  por  la
libertad  absoluta  de  su  empleo.  —  De  qué  modo  puede  ser  violada  por
leyes  que  dan  al  Estado  la  facultad  exclusiva  de  ejercer  ciertos  trabajos.  —
Garantía  contra  este  abuso  funesto  á  la  civilización  argentina.
Otro  de  los  medios  de  libertad  que  la  Constitución  argentina
emplea,  y  que  debe  emplear  su  legislación  orgánica  para  estimular ­
  la  venida  de  los  capitales  extranjeros  al  país,  es  una  expansion ­
  ilimitada  y  completa  dada  al  círculo  de  sus  aplicaciones
y  empleos  por  los  artículos  U  y  20,  que  aseguran  á  todos  los
habitantes  la  libertad  de  trabajar  y  de  ejercer  toda  industria  ;
de  usar  y  disponer  de  su  propiedad  ;  de  asociarse  con  fines  útiles, ­
  etc.
Bancos,  casas  de  seguros,  ferrocarriles,  líneas  de  navegación
à  vapor,  canales,  muelles,  puentes,  empresas  y  fabricaciones
de  todo  género,  toda  cuanta  ojieracion  entra  en  el  dominio  de  la
mdustria,  debe  de  estar  al  alcance  de  los  capitales  particulares
dispuestos  a  emplearse  en  la  explotación  de  esos  trabajos  y
empresas  verdaderamente  industriales,  si  las  libertades  concedidas ­
  por  los  artículos  \\  y  20  de  la  Constitución,  como  bases
del  derecho  industrial,  han  de  ser  una  verdad  práctica  y  no
lina  Ostentación  de  mentido  liberalismo.
La  industria,  es  decir,  la  fuerza  que  produce  las  riquezas,
forma  esencialmente  un  derecho  privado.  Así  lo  ha  entendido
la  Constitución  argentina,  colocando  entre  \o%  derechos  civiles
de  sus  habitantes,  el  de  ejercer  toda  industria  y  todo  trabajo,  de
navegar  y  comerciar,  de  entrar,  salir  y  transitar  el  territorio,
de  usar  y  disponer  de  su  propiedad.  Conceder  todo  esto,  es  hacer
de  la  industria  un  derecho  civil  de  todos  los  habitantes  del  país,
porque  todo  eso  forma  el  ejercicio  de  la  industria,  y  no  es  mas.
            
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