Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

540 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
y la España, cuya unidad política es de siglos mas reciente que 
su nacionalidad. 
La política juiciosa debe comprenderlo y tomarlo de ese 
modo ; y lejos de proponerse extirparlo de pronto , ya sea so 
metiendo la Confederación á Buenos Aires, ó Buenos Aires á la 
Confederación, por la obra de las armas , ó por la imprevisión 
de la diplomacia, ella debe tomarse para su curación tanto 
tiempo como el mal tiene de existencia; pues no se acaban á la 
bayoneta, ni por tratados en un solo dia, las instituciones secu 
lares que han llegado á encarnar en las costumbres. 
La incorporación rentística de Buenos Aires á la Confedera 
ción en su calidad de provincia ó estado igual á las demas, 
exigiría por parte de Buenos Aires la devolución y entrega del 
poder de establecer derechos de importación y exportación, de 
crear derechos de tonelaje, de acuñar moneda, de reglar el co 
mercio interior y exterior, de percibir derechos sobre las postas 
y de usar del producto de otras entradas , que pertenecen esen 
cialmente al Tesoro nacional de todo país, sea unitario ó fede 
ral; es decir, mas ó menos unitario, porque á esto se reduce 
la diferencia de forma. Su incorporación en calidad de capital 
expondría la subsistencia del arreglo sabio y equitativo que 
han dado las provincias á los intereses económicos de la Confe 
deración entera en su Constitución de t8u3 , á no ser que Bue 
nos Aires aceptase la division de su territorio provincial, que 
ha resistido tantas veces; es decir, que consintiese en dismi 
nuir sus medios rentísticos de impedir un orden general de 
cosas que le arrebata ventajas comunes, que ha poseído parcial 
mente al favor de la dislocación.—¿Son practicables, se iiodrian 
ver realizadas de un dia para otro tales condiciones, bien por 
las armas, ó por la diplomacia? — Lo encuentro muy difícil. 
En tal caso la política debe buscar el bien común déla Bepii- 
blica, no en el amalgama instantáneo de intereses puestos en 
oposición por desaciertos anteriores que no es del caso juzgar, 
sino en el progreso, en la población y bienestar de que son igual 
mente capaces las dos grandes divisiones transitorias de la Be- 
pública, encerrándolas no obstante en la unidad nacional. 
Me propongo hacer ver por la teoría y por los hechos, que la 
Confederación tiene medios rentísticos de existir y prosperar en 
la condición política de que las circunstancias le han hecho un 
deber de salvación ; y que solo después de mostrarse prácticamente
	        
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