Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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SISTEMA  ECONÓMICO  Y  RENTÍSTICO

IV.

Jerarquía  de  los  funcionarios  ó  agentes  del  gobierno  nacional  para  el
desempeño  de  la  administración  do  hacienda.
Á  la  cabeza  de  la  administración  rentística  de  la  República
está  el  Presidente,  que,  según  la  Constitución  (art.  83,  inciso  1),
«  es  el  jefe  supremo  de  la  Confederación,  y  tiene  á  su  cargo  la
administración  general  del  país.  »
El  Presidente  nombra  y  remueve  todos  los  agentes  empleados
bajo  su  dirección  suprema  en  el  servicio  de  la  administración.
(Art.  83,  inciso  10.)
En  cuanto  á  las  calidades  personales  para  ser  admitidos  en
los  empleos  de  hacienda,  la  Constitución  se  expresa  en  estos  términos, ­
  que  no  deben  olvidar  las  leyes  orgánicas  :  —  «Todos  los
habitantes  de  la  Confederación  son  iguales  ante  la  ley  y  admisibles ­
  en  los  empleos,  sin  otra  consideración  que  la  idoneidad.»
(Art.  10.)
Si  el  Presidente  tiene  á  su  cargo  la  administración  general  del
pais  como  jefe  supremo  ,  según  el  art.  83  de  la  Constitución  ,  el
ministro  secretario  de  hacienda  tiene  á  su  cargo  el  despncho'áe
esa  administración  general  en  los  negocios  de  hacienda  de  la
Confederación,  como  agente  inmediato  del  Presidente,  y  jefe  á
su  vez  de  todos  los  empleados  del  departamento  de  su  cargo.
(Art.  8i.)
El  ministro  secretario  refrenda  y  legaliza  los  actos  del  Presidente ­
  por  medio  de  su  firma  ,  sin  cuyo  requisito  carecen  de  eficacia. ­
  Estas  palabras  de  la  Constitución  deslindan  claramente
las  atribuciones  respectivas  del  Presidente  y  del  ministro.  El
ministro  despacha  los  negocios  déla  administración,  que  el  Presidente ­
  tiene  á  su  cargo  como  jefe  supremo.  El  Presidente  es
quien  administra  por  medio  de  su  ministro  secretario,  el  cual
solamente  refrenda  y  legaliza  los  actos  de  su  jefe,  no  sus  actos
propios.  Aunque  responsable  de  los  actos  que  legaliza  (art.  83),
el  ministro  no  puede  por  sí  solo  en  ningún  caso  tomar  resoluciones ­
  ,  sin  previo  mandato  ó  consentimiento  del  Presidente  de
la  Confederación,  á  excepción  de  lo  concerniente  al  órden  económico ­
  y  administrativo  de  su  departamento.
            
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