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DE LA CONFEDKKACÍOX ARGENTINA.
interiores de la República, son con razón, á los ojos de la Constitución,
el primero y mas grande objeto del gasto público. Ese
interes representa hoy toda la causa política de la Nación Argentina,
como en otra época consistió en la de su independencia
de la España.
La union y la paz interior tienen ya sus grandes cimientos
en la Constitución, que ha reunido en un solo pueblo la familia
argentina antes dispersa en provincias aisladas ; y puesto en paz
el interes de la Nación con el de cada localidad. Conservar, defender
esa solución del problema político argentino, la única
sensata y leal que se le haya dado hasta ahora, llevar á ejecución
sus consecuencias por las leyes orgánicas del gobierno político
interior, será el medio de constituir la union y de consolidar
la paz, no solamente mas económico y ahorrativo de
gastos, sino también mas eficaz y poderoso que la acción de las
armas.
En cuanto al gasto que cueste el servicio de las personas empleadas
en conseguir la ejecución de esos fines del gobierno interior,
la ley debe tener presente, que, en el Estado como en la
familia, el buen servicio no depende del número de sirvientes
sino de su capacidad. Felizmente la Constitution federal argentina
exige pocos empleados para el servicio del gobierno general,
compuesto de poderes excepcionales y poco numerosos.—La
policía, que forma una gran parte del gasto interior en los gobiernos
unitarios, está reservada á los gobiernos provinciales
por la Constitución argentina. Igual atribución les hace del servicio
y sosten de los establecimientos de beneficencia.
En cuanto al gasto exigido por las obras públicas para promover
el bienestar general, también es carga que la Constitución
reparte entre el gobierno interior de la Nación y el de cada una
de las provincias confederadas. (Art. tüi.)
La Obligación del gobierno general de destinar una parte del
gasto público interior á las obras y trabajos de utilidad nacional,
no debe medirse por la grande necesidad que el país tiene
de esas obras. La Constitución anduvo muy acertada en hacerlas
depender mas bien de las facilidades estimulantes ofrecidas
a espíritu particular de empresa , que de los recursos de un
Llano naciente y desprovisto de medios actuales.
(j^tos del ministerio ó departamento de relaciones extranjeras.
begun la Constitución argentina, calculada para traer de