SEGl\D\ PARTE
EXAMEN CRÍTICO
DE LAS INSTITUCIONES ACTUALES DE PROVINCIA D)
EN LA REPÚBLICA ARGENTINA.
§ ï-
Las instituciones locales existentes son la violación de los principios sentados.
— Ellas, no las voluntades , son el grande obstáculo á la organización ge
neral. — Origen del provincialismo constituido. — Su iniciación pertenece
á Buenos Aires, bajo Bivadavia.—l’lan y carácter de sus instituciones repre
sentativas de provincia.
Hemos visto en la primera parte de este tratado, cuáles son
las fuentes o principios de que debe sacar sus disposiciones el
derecho público de provincia en la República Argentina, sea
que este derecho resida en un código constitucional completo,
ó bien consista en leyes sueltas de carácter constitucional.
(1) Esta obra fué escrita y publicada en 1853, á cuya ¿poca se refiere el
autor en la critica que contiene esta segunda parte. Desde entonces casi todas
las provincias han cambiado su derecho constitucional pura favorecer la insti
tución de un gobierno nacional y común. Solo la provincia de Buenos Aires
ha confirmado como por despecho su antiguo derecho constitucional de provin
cia en la parte que sirve de obstáculo á la institución de un gobierno nacional.