DE LA CONSTITUCION. 5
Los Estados Unidos no eran de mejor ejemplo para nosotros
en política exterior y en materias económicas, aunque esto pa
rezca extraño.
Una de las grandes miras constitucionales de la Union del
Norte era la defensa del país contra los extranjeros, que allí
rodeaban por el norte y sur á la Kepública naciente, poseyendo
en Ainéñca mas territorio que el suyo, y profesando el principio
monáríjuico como sistema de gobierno. La España, la Ingla
terra, la Francia, la Husiay casi todas las naciones europeas
teman \astos territorios al rededor de la Confederación naciente.
Era tan justo pues que tratase de garantirse contra el regreso
practicable de los extranjeros á quienes venció sin arrojar de
merica, como hoy sería inmotivado ese temor de parte de los
'.stados de Sud-América que ningún gobierno europeo tienen á
su inmediación.
les convenía la adopción de una política destinada á proteger su
industria y su marina contra la concurrencia exterior, por
medio de exclusiones y tarifas. Pero nosotros no tenemos fábri
cas, ni marina, en cuyo obsequio debamos restringir con pro
hibiciones y reglamentos la industria y la marina extranjeras,
tpie nos buscan por el vehículo del comercio.
toda la Europa, a tiñes del ultimo siglo, en cuyo sentido
esos liombres celebres daban un excelente consejo á su país
apartándole de ligas políticas con países que ardían en el fuego
( e una lucha sin relación con los intereses americanos Filos
hablaban de relaciones políticas, no de tratados y convenéiones
de comercio. Y aun en este último sentido, los Estados Unidos,
poseedores de una marina y de industria fabril, podian dis-
{Kuisarse de hps estrechas con la Europa marítima v fabricante,
ero la America del Sud desconoce completamente la especia-
hdait (le sn situación y circunstancias, cuando invoca para sí
e ejemiilo de la política exterior que Washington aconsejaba á
Xtiempo y bajo circunstancias tan diversos. La A1116-
a ( e Norte por el liberalismo de su sistema colonial siempre