Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

ELEMENTOS

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sentido  del  bien,  dejó  á  Rosas  el  medio  de  emplearlo  en  el  sentido ­
  del  mal.
En  efecto,  el  gobernador  de  Buenos  Aires,  siendo  ministro
Rivadavia,  —  es  decir,  en  el  tiempo  de  la  mayor  legalidad  :
Estatuyó  en  patentes  de  corso,  por  decreto  de  6  de  octubre
de  4821  ,
Reglamentó  la  tramitación  de  causas  de  comercio  en  decretos
de  2-4  de  octubre  de  1821  y  20  de  marzo  de  1822,
Estableció  derechos  sobre  edificios,  por  decreto  de  13  de  noviembre ­
  de  1821,
Estatuyó  sobre  las  facultades  de  los  jueces,  por  decreto  de  7
de  enero  de  1822,
Les  designó  el  sueldo  que  debian  ganar,  por  decreto  de  13  de
febrero  de  1822,
Estableció  penas  en  el  ramo  de  marina  comercial,  por  decreto
de  3  de  abril  de  1822,
Fijó  \^jiüdsdiccion  de  los  tribunales  de  comercio,  decreto
de  2o  de  abril  de  1822,
Dió  interpretaciones  legislativas  sobre  contribuciones,  por
decreto  de  1“  de  febrero  de  1823,
Autorizó  la  emisión  de  moneda  de  cobre,  por  decreto  de  23  de
julio  de  1823,
Reglamentó  la  manera  de  proponer  las  leyes  A.  discusión,  por
decreto  de  esa  misma  fecha.
Pasó  á  los  jueces  de  primera  instancia  las  facultades  de  los
jueces  especiales,  suprimidos  por  decreto  de  17  de  setiembre  de
1823,
Regló  la  jurisdicción  de  \q?,  jueces  de  paz,  por  decreto  de  7  de
enero  de  1824,
Sometió  á  los  tribunales  ordinarios  el  conocimiento  de  las
causas  matrimoniales,  por  decreto  de  22  de  enero  de  1824,
Impusó  derechos  sobre  carretillas,  por  í/ccreío  de  5  de  octubre
de  1824.
En  todos  esos  actos  el  gobernador  de  Buenos  Aires  ejerció  facultades ­
  y  estatuyó  sobre  objetos,  que  en  todo  sistema  regular
de  gobierno  pertenecen  esencialmente  á  la  competencia  del  poder ­
  legislativo.  Es  decir,  que  el  gobernador  de  Buenos  Aires,
desde  el  tiempo  mismo  de  Rivadavia,  hizo  leyes  sin  estar  facultado ­
  para  legislar.  —Y  la  falta  no  era  de  la  administración  de
Rivadavia,  que  expedia  esos  decretos,  sino  de  las  leyes  constitu-
            
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