Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DEL DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL ARGENTINO. 311 
tributado á la vieja nacionalidad de la República Argentina. 
Un gobierno local constituido en choque permanente con el 
gobierno supremo de la Nación, no puede tener tranquilidad 
dentro de su propio suelo, no solo por el ejemplo de insubordi 
nación que da él mismo á sus gobernados, sino porque pone en 
su contra la autoridad de la Nación, cuyo apoyo debia constituir 
la mas fuerte garantía de estabilidad para su gobierno de pro 
vincia ; como sucede en Chile, en el Brasil y en todas las na 
ciones constituidas de un modo regular. 
¿ Qué ventaja saca hoy Buenos Aires con restablecer y agra 
var su aislamiento de otro tiempo ? Evidentemente ya su aisla 
miento no podrá darle las ventajas que le daba en otra época, 
ni podrá perjudicar á las provincias del modo que lo hacia 
cuando les daba el ejemplo de su gobierno anárquico y despó 
tico, y les arrebataba al mismo tiempo el monopolio del comer 
cio y de sus rentas. 
En efecto, anarquía y despotismo dentro de cada provincia 
fué la consecuencia del sistema que Buenos Aires les ofreció 
como modelo de imitación, y que adoptó cada una dentro de 
su territorio. Pero anarquía y despotismo sin riqueza , sin co 
mercio, sin rentas; al reves de lo que pasaba en Buenos Aires 
aislada de sus hermanas, donde la anarquía y el despotismo 
coexistieron sucesivamente con la riqueza y el comercio; y si 
el pueblo vivió sin libertades, á lo inénos vivió confortable 
mente. 
Esta era una de las ventajas quedaba á Buenos Aires su ais 
lamiento de otro tiempo : la riqueza, el comercio, la población 
extranjera, como un privilegio de ella sola. Otra ventaja era 
el privilegio político de gobernar á las catorce provincias des 
unidas, en materia de comercio, de navegación, de tarifas , de 
contribuciones aduaneras, de tratados con las naciones extran 
jeras, de inmigración y de colonización por pobladores venidos 
del extranjero. En todos esos intereses las provincias eran go 
bernadas exclusivamente por Buenos Aires aislada, sin que ellas 
concurriesen directa ni indirectamente á la elección y gestion 
de ese gobierno, pues al contrario una ley de Buenos Aires dis- 
ponia que ningún hijo de provincia pudiese ser gobernador de 
los habitantes del puerto único. 
¿Cómo, por qué medio tomaba Buenos Aires ese monopolio 
del comercio y del gobierno de las provincias ? — Por el privi-
	        
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