Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DEL  DERECHO  PÚBLICO  PROVINCIAL  ARGENTINO.  331
condescendencia  que  Catainarca  ó  Jujuí,  provincias  iguales  á
ella  por  derecho  abstracto?
Hé  aquí  el  punto  en  que  la  teoría  tendrá  que  doblegarse  ante
los  hechos,  y  reconocer  que  ellos  dan  á  la  provincia  de  Buenos
Aires,  como  porción  de  la  República  Argentina,  un  rol  que  otra
no  podria  disputarle  en  el  mecanismo  del  gobierno  general.
Por  otra  parte,  si  le  dejais  todos  los  poderes  de  nación  que
ejerce  hoy,¿con  cuáles  se  formaria  el  gobierno  nacional?  —  ¿En
qué  se  conocerá  que  Buenos  Aires  es  parte  de  la  Nación  Argentina, ­
  y  no  una  Nación  aparte  y  separada?  Las  otras  provincias
proclamadas  por  la  misma  Buenos  Aires  iguales  á  ella  en  derecho
político,  como  miembros  del  Estado  Argentino,  y  organizadas  á
su  ejemplo,  ¿entregarían  al  gobierno  nacional  los  poderes  que
la  de  Buenos  Aires  resistiese  devolver?  ¿Admitirla  la  Constitución ­
  unas  provincias  con  poderes  locales  y  otras  con  poderes  de
nación?
Ciertamente  que  no,  porque  entonces  no  habría  constitución,
sino  alianza  de  dos  naciones  soberanas.  Hé  aquí  el  punteen  que
los  hechos  deben  ceder  á  la  teoría,  es  decir,  al  principio,  al  derecho ­
  ,  á  la  recta  razón  (que  todo  esto  es  la  teoría).  —  La  teoría
no  es  mas  que  el  hecho  de  siempre,  mas  fuerte  que  el  hecho  del
momento.
En  tal  ca^,  ¿cuál  será  la  solución  única  que  pueda  darse  á  la
dificultad  ,  á  fin  de  evitar  que  á  la  larga  Buenos  Aires,  por  conservar ­
  su  contextura  de  capital  definitiva  de  su  propio  territorio, ­
  constituya  ese  territorio  en  Estado  independiente  de  la
Republica  Argentina?¿Cuál  será  el  medio  único  de  evitar  la  desmembración ­
  á  que  se  expone  el  país,  si  camina  por  el  sistema
de  cosas  que  ha  existido  hasta  el  presente?  .
Ya  no  la  solución  que  di  ó  el  Congreso  constituyente  cuando
declaro  á  Buenos  Aires  capital  de  la  República  Argentina.  Esa
solución  ha  quedado  sin  efecto,  porque  consagraba  un  hecho
que  había  dejado  de  existir  desde  muchos  años  atras.  Otros  hechos ­
  mas  nuevos  en  que  tuvo  parte  la  misma  Buenos  Aires  habían ­
  modificado  durante  la  revolución  las  tradiciones  de  su
papel  político  en  la  sociedad  argentina.
Si  los  hechos  deben  ser  respetados  por  la  ley,  á  fin  de  que  la
ley  tenga  un  poder  eficaz  y  durable,  al  menos  que  se  respeten
todos  los  que  hayan  adquirido  ese  poder  por  la  consagración
úel  tiempo,  y  fuesen  conciliables  con  la  justicia.
            
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