Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

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rantía en favor del libre comercio exterior de las provincias y de 
la libre navegación de los rios. 
La clausura de los afluentes del Rio de la Plata babia sido 
establecida por el gobierno español, con la mira de mantener la 
dependencia de su antigua colonia, que es boy la República 
Argentina. Leyes de Indias prohibían, bajo severas 
penas, á los extranjeros el penetrar en las provincias inte 
riores. 
Arrojada la metrópoli europea en 1810, bajo la iniciativa re 
volucionaria de la provincia de Buenos Aires, y conservada la 
clausura de los rios , de institución colonial, pronto hizo nacer 
esta una nueva metrópoli dentro del mismo territorio; la cual 
monopolizó, en nombre de la República independiente, el co 
mercio, la navegación y el gobierno general del país, por el 
mismo método que habla empleado la España. La República de 
las Provincias Unidas del Rio de la Plata siguió siendo colonia 
de su capital, después de haberlo sido de España. Voy á explicar 
el régimen de cosas mediante el cual reemplazó Rueños Aires á 
Madrid. 
Para conservar el régimen colonial de na Negación interior, 
Buenos Aires no»necesitó mas que una cosa, á saber : — que no 
existiese un gobierno general elegido directamente por las pro 
vincias enclaustradas ó bloqueadas. La misma clausura de los 
rios, heredada al régimen colonial español, le daba los medios 
de conseguir esto ; ó lo que es igual, de mantener á las provin 
cias en coloniaje doméstico y republicano. 
La clausura de los rios y el bloqueo constitucional de sus nu 
merosos puertos traía á Buenos Aires, único puerto habilitado 
de toda la Nación, todo el comercio de las provincias ; y con el 
comercio traía toda la renta, todo el gobierno de hecho interior 
y el poder exterior de esas provincias á manos del gobierno local 
de Buenos Aires. 
En los primeros diez años de la revolución contra España, de 
1810 á 1820, Buenos Aires aspiró á tomar posesión legal del 
gobierno exterior de todas las provincias por constituciones uni 
tarias dadas bajo su inspiración. Las provincias resistieron á 
Buenos Aires esa prerogativa, que por dos siglos había sido 
ejercida directamente por el gobierno de Madrid. El rey, es de 
cir, el soberano, nombró siempre directamente á los goljernadores 
de las provincias argentinas; y jamas desde su fundación habían
	        
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