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BASES
de ordinario, como en la policía de nuestras propias casas privadas.
Siendo el desarrollo y la explotación de los elementos de riqueza
que contiene la República Argentina el principal elemento
de su engrandecimiento y el aliciente mas enérgico de la inmigración
extranjera de que necesita , su constitución debe reconocer,
entre sus grandes fines, la inviolabilidad del derecho de
propiedad y la libertad completa del trabajo y de la industria.
Prometer y escribir estas garantías, no es consagrarlas. Se aspira
á la realidad, no á la esperanza. — Las constituciones serias
no deben constar de promesas, sino de garantías de ejecución.
Así la constitución argentina no debe limitarse á declarar
inviolable el derecho privado de propiedad , sino que debe garantizar
la reforma do todas las leyes civiles y de todos los reglamentos
coloniales vigentes, á pesar de la República que
hacen ilusorio y nominal ese derecho. Con un derecho constitucional
republicano, y un derecho administrativo colonial y monárquico,
la América del Sud arrebata por un lado lo que promete
por otro : la libertad en la superficie y la esclavitud c i el
fondo.
Debe pues dar garantías de que no se expedirá ley orgánica ó
civil que altere, por excepciones reglamentarias, la fuerza del
derecho de propiedad consagrado entre sus grandes princinios
como hace la constitución de California. ^
Nuestro derecho colonial no tenia por principal objeto garantizar
la propiedad del individuo, sino la ¡iropiedad del fisco.
Las colonias españolas eran formadas para el fisco , no el fisco
para las colonias. Su legislación era conforme á su destino ;
eran máquinas para crear rentas fiscales. Ante el Ínteres fiscal
era nulo el interes del individuo. Al entrar en la revolución,
hemos escrito en nuestras constituciones la inviolabilidad del
derecho privado; pero hemos dejado en presencia subsistente
el antiguo culto del ínteres fiscal. De modo que, á pesar de la
revolución y de la independencia, hemos continuado siendo Repúblicas
hechas para el fisco. Ks menester otorgar garantías de
que esto será reformado, y de que las palabras déla constitución
sobie el derecho de propiedad se volverán realidad práctica
por leyes orgánicas y reglamentarias, en armonía con el derecho
constitucional moderno.
La libertad del trabajo y de la industria consignada en la