Full text: El comercio y los comerciantes

EL DERECHO COMERCIAL 
117 
mercio ó de contratos de trabajo. En la práctica se 
olvida con gran frecuencia que tal sanción existe. 
Cuando uno se obliga á entregar una cosa y el otro 
á pagarla, hacen un contrato de venta (art. 1.582 del 
Código Civil). La venta es perfecta desde que se está 
de acuerdo sobre la cosa y sobre el precio. 
El vendedor debe entregar al comprador la cosa 
vendida, correspondiéndole los gastos de entrega; al 
comprador corresponden los gastos de la toma de 
posesión. 
El vendedor debe garantizar al comprador de los 
defectos ocultos de una cosa que pudieran hacerla 
impropia para el uso á que estuviese destinada. (La 
ley de 20 de Mayo de 1838 ha determinado los vicias 
que pueden anular una venta, cuando se trata de ani 
males domésticos. Ley de 1905, sobre los fraudes.) 
El vendedor garantiza la posesión tranquila de la 
cosa vendida. Debe entregarla en la especie, calidad 
y cantidad prometidas, cuanto puede comprobar an 
tes de la recepción definitiva. 
El comprador está obligado á posesionarse de la 
cosa vendida y pagar su precio. 
Si se ha fijado un plazo para la posesión, el vende 
dor podrá disponer del objeto de venta, hasta la ter 
minación del plazo. 
El crédito del vendedor está garantido por un pri 
vilegio sobre la cosa vendida y por una acción reso 
lutoria, en virtud de la cual el vendedor puede exigir 
Que vuelva todo á su primitivo ser y estado, como si 
* a venta no se hubiese realizado. El vendedor puede 
recuperar su propiedad por el ejercicio del derecho
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.