BASES
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Art. 85. EI Presidente de la Confederación tiene las siguientes
atribuciones :
En lo interior:
1* Es el jefe supremo de la Confederación, y tiene á su cargo
la administración y gobierno general del país.
2* Expide los reglamentos é instrucciones que son necesarios
para la ejecución de las leyes generales de la Confederación,
cuidando de no alterar su espíritu por excepciones reglamentarias.
3“ Es el jefe inmediato y local de la ciudad federal de su residencia.
4^ Participa de la formación de las leyes con arreglo á la
constitución, las sanciona y promulga.
5* Nombra los magistrados de los tribunales federales y militares
de la Confederación con acuerdo del Senado de las provincias,
ó sin él, basta su reunion, si está en receso.
C® Destituye á los empleados de su creación, por justos motivos,
con acuerdo del Senado.
7* Concede indultos particulares, en la misma forma.
b® Concede jubilaciones, retiros, licencias y goce de montes
pios, conforme á las leyes generales de la Confederación.
9“ Presenta para los arzobispados, obispados, dignidades y
prebendas de las iglesias catedrales, á propuesta en terna del
Senado.
10® Ejerce los derechos del patronato nacional respecto de
las iglesias, beneficios y personas eclesiásticas del Estado.
\ 1® Concede el pase o retiene los decretos de los concilios, las
bulas, breves y rescriptos del Pontífice de Koma , con acuerdo
del Senado ; requiriéndose una ley, cuando contienen disposiciones
generales y permanentes.
12® Nombra y remueve por sí los ministros del despacho, los
jurio no puede terminar bien su mandato. Todos nuestros gobiernos argentinos,
desde 1810, lian hecho esa promesa, y á pesar de haberla garantizado por el
juramento, hemos perdido la provincia de Tarija, las islas Malvinas, el Paraguai
y Montevideo. ¿ Por qué? porque no se defiende el territorio con juramentos,
sino con hombres y soldados que no tiene nuestro país desierto. Si se
quiere hacer resallar el sello de la constitución en el juramento, colóquese, en
vez del territorio, la población, que es su verdadera salvaguardia, y los intereses
económicos, que son hoy el grande objeto constitucional y la sustancia
del gobierno.