Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE  LA  CONFEDERACION  ARGENTINA.

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por  agua  para  todas  las  banderas.  De  modo  que  eu  vez  de  poseer
un  solo  puerto  exterior  como  Buenos  Aires  en  aquel  tiempo,  la
Confederación  tiene  hoy  mas  de  diez  puertos  habilitados  para  el
comercio  exterior,  en  ríos  navegables  por  vapores  de  seiscientas
toneladas.  Esta  ventaja  pone  en  manos  de  la  Confederación  la
de  poder  tener  rentas  aduaneras  capaces  de  atender  á  los  compromisos ­
  de  una  deuda  pública.
La  Confederación  tiene  boy  garantías  de  orden  y  de  estabilidad ­
  ,  de  que  carecia  Buenos  Aires  cuando  empezó  á  ejercer  su
crédito  público  con  tanto  éxito.  Una  es  la  Constitución  federal
fiue  ha  puesto  en  paz  los  intereses  de  provincia  con  el  de  la
Nación,  y  cambiado  fundamentalmente  la  geografía  política  del
territorio  argentino,  haciéndole  accesible  al  extranjero  por  toda
la  extension  de  sus  costas  fluviales.  Otra  de  sus  garantías  de
orden,  capaces  de  sustentar  el  crédito  público  de  la  Confederación, ­
  reside  en  sus  tratados  de  libre  navegación  interior,  celebrados ­
  en  julio  de  18.^3  con  la  Francia,  la  Inglaterra  y  los  Estados ­
  Unidos  por  término  iudeOnido.  Buenos  Aires  no  tenia  en
1821  ni  el  tratado  con  Inglaterra,  que  se  celebró  recien  en  febrero ­
  de  1825.  —  Buenos  Aires  habia  emitido  diez  millones  de
fondos  públicos,  al  mínimum  de  GO  por  ciento  ,  aun  antes  que
la  independencia  argentina  hubiese  sido  reconocida  por  nación
alguna  de  la  Europa.
La  Confederación  tiene  hoy  la  posesión  de  sus  rentas  de
aduana,  que  debe  al  nuevo  órden  de  cosas  garantizado  por  la
Constitución  federal  de  1853,  y  por  los  tratados  extranjeros
fundados  en  el  nuevo  derecho  público  argentino  en  materia  de
navegación  y  comercio.  —  Esas  rentas  son  otros  tantos  medios
de  amortización  y  de  la  satisfacción  de  los  intereses  de  capitales
tomados  á  crédito;  y  son  precisamente  una  parle  de  las  rentas
que  Buenos  Aires  comprendió  en  las  garantías  de  su  crédito
público  provincial  por  sus  leyes  de  30  de  octubre  y  19  novieml>t‘e
  de  1821.  —  «  La  tesorería  de  la  aduana  de  Buenos  Aires
(decia  el  capítulo  V  de  la  primera  de  esas  leyes)  queda  sujeta  en
oda  la  extension  de  su  haber,  sin  designación  de  ramo,  ni  ex-0
  usion  de  alguno,  y  con  preferencia  á  todo  otro  destino  ordiario
  y  extraordinario,  á  entrar  en  la  caja  de  amortización  la
suma  anual  de  trescientos  mil  pesos  ,  por  el  órden  que  prescribe
o  artículo  9,  capítulo  111.  »  —  Por  la  misma  ley,  la  caja  de
amortización  tenia  por  objeto  satisfacer  las  rentas  libradas  á  la
            
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