ELEMENTOS
20 Que ese gobierno sería convocado después que todas las
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r>azdela República Argentina no pudo venir por su propia vir
lud, primero que la causa que la hace existir en todo país.
No habiendo paz, no pudo haber gobierno nacional, po q
faltaba la condición que se.estipuló como previa para *
En lugar de gobierno nacional, hubo aislamiento y clan
para las provincias, miéntras que Buenos Aires siguió ej^-
ciendo toda la política exterior y todo el comercio directo de
las catorce provincias con la Europa.
Hablan pasado ya otros veinte años, y el tratado litoral de 4
de enero de 1831 seguia la misma suerte del tratado cuadrilá
tero de 23 de enero de 1822. Hechos ambos con el carácter de
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^^Fn nombre de la causa americana, Rosas paralizó los efectos
del tratado litoral de 1831, y convirtió en regimen periiianente
Y definitivo el aislamiento de las provincias por el cual venia a
ser él, á título de gobernador de Buenos Aires, jefe supremo
fuerza de las armas victoriosas, el derecho patrio y soberano de
gobernarse por sí mismas como Nación independiente; y para
iecurar la victoria de un modo irrevocable, se lo arrancaron
uor el mismo medio que Buenos Aires habia empleado parausur-
mrlo • — la navegación fiuvial y el comercio exterior directo.
Leyes de Indias sobre la navegación fluvial, que hasta en-