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414 SISTEMA ECONÓMICO Y RENTÍSTICO 
La libertad de comercio y de navegación puede ser atacada 
por leyes de derecho comercial y marítimo, que establezcan 
matriculas ó gremios para el ejercicio de esta industria ; por 
leyes que vinculen al estado político de las personas , como 
hace el código de comercio español, la práctica del comercio ; 
por leyes que pongan en almoneda el derecho de ejercer deter 
minados negocios esencialmente comerciales, como el de abrir 
ventas al martillo; por leyes que establezcan los derechos lla 
mados diferenciales, que no son mas que monopolios disfraza 
dos de un carácter provocativo ; por leyes fiscales de patentes, 
aduanas, tránsito, peaje y cabotage, puerto, anclaje, muelle, 
faro y otras contribuciones gravitadoras sobre la industria co 
mercial (t). Estas leyes pueden dañar la libertad, creando im 
puestos que la buena economía aconseja abolir ; alzando las 
tarifas que el buen sentido económico aconseja disminuir en el 
interes fiscal, por la regla de que mas valen muchos pocos que 
pocos muchos; multiplicando las formalidades y trámites para 
asegurar la percepción del impuesto aduanero, como si el fisco 
fuese todo y la libertad nada. 
Son derogatorias de la libertad de comercio las leyes restric 
tivas del movimiento de internación y extracción de las mone 
das, por ser la moneda una mercancía igual á las demas, y 
porque toda traba opuesta á su libre extracciones la frustración 
de un cambio, que debia operarse contra otro producto impor 
tado del extranjero. Tales leyes son doblemente condenables 
como iliberales y como absurdas ; como contrarias á la Consti 
tución y á la riqueza al mismo tiempo. 
(1).Cuando se dice que la libertad de comercio puede ser atacada por leyes 
reglamentarias de estos objetos, no se pretende por eso que toda ley que 
estatuya en esos puntos es dirigida á contrariar la libertad. A veces la libertad 
misma se impone sacrifleios transitorios con el Ínteres de extender sus domi 
nios. Tales son los derechos diferenciales que la Confederación Argentina 
acaba de establecer en favor del comercio directo de la Europa con sus puer 
tos fluviales, abiertos á todas las banderas, justamente con la mira de atraer 
las poblaciones y los capitales europeos liácia el interior de la América del 
Sud. Una restricción deja de ser protección retrógrada desde que tiene por 
objeto convertir en hecho práctico un gran principio de libertad. Los derechos 
diferenciales aplicados á los sostenedores del monopolio son la libertad que 
se defiende con la pena del talion.
	        
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