Full text : Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DEL  DERECHO  PÚBLICO  PROVINCIAL  ARGENTINO.  ool
y  SUS  servicios  son  remunerados  por  el  tesoro  de  la  provincia
conforme  á  la  ley  (D.  Deben  su  nombramiento  al  gobernador,
que  lo  baceen  terna  propuesta  por  la  Sala  de  representantes  (í).
La  justicia  inferior  hace  parte  del  régimen  municipal,  y  es
reglada  con  él.
2G.  La  Cámara  de  justicia  es  el  tribunal  superior  de  la  provincia ­
  ,  y  en  tal  carácter  ejerce  una  ins¡)eccion  de  disciplina  en
todos  los  juzgados  inferiores.  Sus  miembros  pueden  ser  personalmente ­
  recusados,  y  son  responsables  de  las  faltas  que
cometieren  en  el  ejercicio  de  sus  funciones  conforme  á  la
ley  (3).
27.  La  Cámara  conoce  de  los  conflictos  de  jurisdicción  ocurridos ­
  entre  las  judicaturas  do  su  inspección  y  entre  estas  y  los
funcionarios  del  poder  ejecutivo  provincial.
28.  Sus  atribuciones  secundarias  y  manera  de  proceder  serán
determinadas  por  leyes  orgánicas  ,  que  tendrán  por  bases  constitucionales ­
  la  responsabilidad  de  los  jueces,  la  brevedad  de  los
juicios  y  las  garantías  judiciales  que  la  Constitución  general
consigna  en  su  primera  parte.
29.  Toda  sentencia  debe  ser  fundada  expresamente  en  ley
promulgada  ántes  del  hecho  del  proceso.  —  Ningún  juicio  tendrá ­
  mas  de  dos  instancias  (*).
90.  Ni  la  Cámara  ni  los  juzgados  de  provincia  podrán  ejercer
en  caso  alguno  actos  (juc  pertenezcan  á  la  jurisdiction  nacional
atribuida  á  los  tribunales  federales  por  la  Constitución  de  2o
de  mayo  de  1893.  —  Kn  consecuencia,  no  podrá  conocer  de  las
causas  sobre  puntos  regidos  jior  la  Constitución  general,  j)or  las
leyes  de  la  Confederación  y  por  tratados  con  las  naciones  extranjeras ­
  ;  de  los  conflictos  que  ocurrieren  entre  los  principales  poderes ­
  de  la  provincia;  de  las  causas  pertenecientesá  empleados
extranjeros  de  carácter  diplomático  ó  consular;  de  los  recursos
de  fuerzas  ;  de  los  asuntos  en  que  la  Confederación  sea  parle  ó
eu  que  sea  parte  la  provincia;  de  los  asuntos  entre  vecinos  de
diferentes  provincias,  y  en  general  de  lodos  aquellos  que  se  soit ­

  )  Ley  de  9  de  setiembre  de  1S24.
(2)  Ley  de  9  de  setiembre  de  182*.
(*'  't®  13  de  setiembre  de  183*.
Mol!  "®g'"mento  nacional  de  3  de  diciembre  de  1817,  art.  13,  adoptado  en
Monto,  imrl.  lo,  oo  13  do  «liemliro  do  ,333.
            
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.