Full text: Organizacion política y económica de la Confederacion Argentina, que contiene: 1. Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; 2. Elementos del derecho público provincial argentino; 3. Sistema económico y rentístico de la Confederacion Argentina; 4. De la Integridad nacional de la República Argentina, bajo todos sus gobiernos

DE LA COXFEDERACION ARGENTINA. 573 
cion el servicio de su política exterior, en tiempo de paz y de 
guerra. Hemos visto que la renta argentina de aduana, cobrada 
en Buenos Aires, formaba dos terceras partes de la renta total 
del país (O. Según los presupuestos del gobierno provincial de 
Buenos Aires, el menor de sus gastos era el que bacía en soste 
ner las relaciones exteriores de la Confederación. Hé aquí su 
presupuesto de gastos en 18-47, tomado de sus propios docu 
mentos : 
Gobierno 2,750,10.^ ps. papel. 
Relaciones exteriores 2,462,700 
Guerra 27,660,880 
Finanzas (hacienda) 26,008,645 
Dos millones de papel moneda, en 1847, bacian cien mil pe 
sos plata mas ó menos. Es constante que en esa época la aduana 
procuraba al gobierno local de Buenos Aires una entrada de 
mas de tres millones de duros, pagados por la totalidad del 
pueblo argentino, se entiende, de cuya población forma la de 
Buenos Aires una parte mas próxima de un quinto que de un 
tercio. 
Así el gobierno local de Buenos Aires cobraba á la Confedera 
ción cerca de dos millones de pesos fuertes por un servicio que 
á él le costaba cien mil, y ademas le dispensaba del trabajo de 
ejercer su soberanía exterior, pues el gobierno de la provincia de 
Buenos Aires, elegido solo por ella y responsable solo ante ella. 
(1) En nuenoR Aíres mismo, el 12 de marzo de 1826, el Congreso de ese 
tiempo dió la siguiente ley, que no sabemos cual otro Congreso la haya 
derogado : 
« Art. 1«. Todas las aduanas exteriores ú oficinas de recaudación quedan 
bajo la inmediata y exclusiva administración de la Presidencia de la Repú 
blica , y toda clase de impuesto sobre lo que se importe en el territorio de la 
ó lo que de él se exporte, es nacional. » — Esa ley fué dada antes de 
la Constitución que declaró la unidad indivisible del pais que antes y después 
fie ella formó l.i Enion del Rio de la Plata ó República Argentina. No toda la 
obra de ese Congreso quedó sin efecto. El tratado de 1825 con Inglaterra fué 
ratificiido por él, y rige hasta hoy como ley suprema de la Union. También 
Teedó en pié su Ley fundamental de 23 de enero de 1825, que reanudó la 
untan territorial y la integridad nacional argentina, buenos Aires ha recono- 
ctfio vigente esa Ley fundamental del Congreso de 1825 , cuando su gober 
nador la ha invocado para ratificar el tratado con Inglaterra de 1839 y el 
iratado con la Francia de 18A0.
	        
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